Por fin hace unos días fue cumplimentado el procedimiento
legislativo que expide esta nueva Ley
General.
Sin duda representa un acto de justicia, que da cumplimiento a las normas
mínimas internacionales en esta materia, que México, hasta antes de esta
Ley, no cumplía tal y como en su momento
fue señalado en el Informe del Departamento de Estado de la Unión Americana
“Trata de Personas 2011”.
La Trata de Personas, es un atentado a la libertad y dignidad de las
personas que se prolonga en el tiempo y lucra con voluntades y vidas ajenas,
que mediante el abuso y la tortura, degrada a sus víctimas de la condición
humana.
En lo individual, tiene un impacto devastador sobre las y los afectados,
y en lo social perjudica al bienestar de las familias, de las comunidades y la
seguridad de los países que la padecen.
La Trata de personas, es un delito transnacional y vinculado a la
delincuencia organizada, considerada el
tercer negocio ilícito más lucrativo de mundo, sólo superado por el tráfico de
drogas y de armas y el Fondo
de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) estima que cada año 1.2 millones
de niños son víctimas de este flagelo y, cifras de la Organización de las
Naciones Unidas (ONU), al menos 27 millones de personas en todo el mundo han
sido víctimas de explotación laboral, sexual o comercial en los últimos 25
años.
Por la ubicación geográfica de México, su historia, su cultura y sus
condiciones económicas y sociales de profunda desigualdad, ha sido país de
origen, tránsito y destino de migrantes, víctimas propicias de tráfico o de
trata de persona y algunas cifras revelan que en México hay 16
mil niñas y niños víctimas de este flagelo.
De ahí la importancia
de esta Ley General, que será aplicada en todo el territorio nacional en
materia del Fuero Federal, y, que tiene como antecedente una reforma al Código
Penal Federal y el de Procedimientos en
la misma materia, del año 2007 que tipificaba la trata de personas como delito,
y que permitió la aprobación de la Ley para prevenir y sancionar la Trata de
Personas, pero, que dificultaba la
determinación de las conductas y con ello obstruía la capacidad de estado para
identificar víctimas y para brindarles atención, sin embargo también, su visión
fue un gran paso, ya que independientemente de la persecución del delito y el
castigo al delincuente, permitió colocar en el centro de la ley, la salvaguarda
de los derechos de las víctimas, sin duda, por ello, un primer avance en la legislación en esta
materia.
Hace unos días se abroga la legislación hasta entonces vigente y se da
paso la Nueva Ley General para prevenir, combatir y sancionar la Trata de
Personas, que tipifica delitos de esclavitud, sometimiento a servidumbre,
trabajo forzado, corrupción de menores, pornografía infantil y explotación
sexual, entre otros, imponiendo penas de prisión entre 15
y 30 años para el delito de esclavitud, pornografía infantil y la explotación
sexual de mujeres y niños.
Además, penas hasta
de 40 años de prisión a los padres o tutores que entreguen o consientan que sus
hijos sean explotados sexualmente. Misma pena que se aplicará a quienes
incurran en explotación sexual de su pareja, al aprovechar la relación
matrimonial o de concubinato, así como a quienes alquilen los servicios de una
víctima de trata de personas.
Con ello se avanza para hacer visible, un delito invisible, que permite a
los delincuentes que la practican operar en la impunidad, con ello también, se
tendrán que generar los apoyos financieros y técnicos, y, ahora sí elaborar el
Diagnóstico Nacional sobre Trata de Personas para el establecimiento de
políticas públicas, que incluyan la sensibilización y capacitación de los
servidores públicos que se encargan de su aplicación.
Pero, también para que todos/as nos involucremos para construir un gran compromiso social para
denunciar esta terrible práctica!
Correo electrónico: rociog@prodigy.net.mx
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