Por: Rocio Garcia Olmedo
Ha iniciado en México el debate sobre la reforma
energética, las Iniciativas del PAN y el PRI -ya que hemos hecho nuestra la
iniciativa presentada por el Presidente Enrique Peña Nieto-, han sido recibidas
en Cámara de Senadores. Sólo falta conocer la que presentará el PRD.
Sin embargo, es preciso partir de una base, la reforma
energética es, sin duda, indispensable
para México, todas las fuerzas políticas, económicas y sociales lo han
reconocido, cada cual a su manera, de ahí que con trabajo, compromiso social y
responsabilidad, -una vez recibidas todas las iniciativas- nos concentraremos
en su estudio, análisis y discusión, durante el período ordinario del Congreso
de la Unión.
La iniciativa que ha hecho suya el grupo parlamentario
del PRI propone reformar la Constitución en sus artículos 27 y 28, para
convertirlos en un instrumento eficaz que permita transformar la realidad de
las/os mexicanos; ésta implica también cuidar de la misma manera –y en su
momento- las reformas a la Ley reglamentaria del artículos 27 que
necesariamente tendrán que sufrir modificaciones, y estamos listos para el
análisis con argumentos racionales y objetivos en este, que es un tema de
interés nacional en nuestro país.
El día de ayer el presidente del CEN del PRI señalaba: “Es
preciso reformar la constitución (…) y dar el paso del formalismo de poseer
riquezas que no pueden explotarse, a transformar la realidad de los más
necesitados” “posibilitar un cambio de
régimen de restricciones constitucionales a uno de libertades ejercidas con
responsabilidad para que el Estado mexicano, con responsabilidad histórica,
pueda aprovechar los hidrocarburos preservando su propiedad”
Esta reforma energética confirma la propiedad de la
Nación sobre los hidrocarburos y permite al país aprovechar sus abundantes
recursos energéticos bajo la estricta rectoría del Estado, siguiendo el
espíritu mediante el cual, el entonces presidente Lázaro Cárdenas publicó el Decreto
expropiatorio “a favor del patrimonio de la nación de los bienes muebles e
inmuebles pertenecientes a las compañías petroleras que se negaron a acatar el
laudo del 18 de diciembre de 1937 del Grupo número 7 de la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje” Decreto del 18 de marzo de 1938, que fue la base de
la expropiación petrolera en México.
Con ésta decisión histórica -del Presidente Cárdenas-
crea el organismo público Petróleos Mexicanos e impulsa la reforma al artículo
27 constitucional para prohibir
concesiones y otorgar al Estado el derecho
exclusivo de explotar el petróleo; sin embargo también, esta reforma permitió al Estado celebrar
Contratos con particulares y con ello aseguraba la producción bajo la
rectoría gubernamental.
Recordaba el presidente de la República Enrique Peña Nieto
hace unos días, una cita textual del discurso del presidente Cárdenas ante el
Congreso de la Unión de aquel momento: “La exclusión de los particulares del
régimen de concesiones, que el Artículo 27 fija para la explotación de los
recursos naturales del dominio público, no
implica que la Nación abandone la posibilidad de admitir la colaboración de la
iniciativa privada, sino simplemente que esa colaboración deberá
realizarse, en el futuro, dentro de las formas jurídicas, diversas de la
concesión”.
Por ello creo que en el debate de esta
reforma jurídica, es necesario hacer a un lado una serie de dogmas que se
han construido en su entorno y recordar algunas modificaciones al marco legal que
regula justamente este artículo constitucional, la Ley reglamentaria del
artículo 27 Constitucional, publicada el 9
de noviembre de 1940, señalaba:
“Art. 5, es de la exclusiva jurisdicción federal todo lo
relativo a la industria petrolera.
Art. 6, El petróleo a que se refiere el artículo 1, será
explorado y explotado por la Nación como sigue:
I.- Mediante trabajos realizados en forma directa y
II.- Por conducto de las Instituciones que al efecto cree
la Ley.
Art. 7, En el caso previsto por la fracción I del
artículo anterior, podrá celebrarse
contratos con los particulares, a fin de que estos lleve a cabo por cuenta del
gobierno federal, los trabajos de exploración y explotación, ya sea mediante
compensaciones en efectivo o equivalentes a un porcentaje de los productos que
obtengan.
(…)
Art 9, Los contratos de que hablan los artículos
anteriores, solo podrán celebrarse con
nacionales o con sociedades constituidas íntegramente por mexicanos. No
podrán concertarse en ningún caso sociedades anónimas que emitan acciones al
portador”.
Un año
después,
el 18 de junio de 1941, y ya bajo la
presidencia de Manuel Ávila Camacho, esta Ley reglamentaria del artículo 27 Constitucional
sufrió una reforma, justamente en lo que tenía que ver con contratos con
particulares o sociedades:
“Art.6, La Nación llevará a cabo la exploración y explotación
del petróleo de la siguiente forma:
L.- Por trabajos que realice el gobierno a través de su
órgano correspondiente
II.- Por conducto de las instituciones públicas
petroleras que al efecto cree la ley, y
III.- Mediante
contratos con particulares o sociedades
(…)
Art. 8, En el caso de la fracción tercera del art. 6º podrán celebrarse contratos con
particulares o sociedades para que lleven a cabo los trabajos respectivos a
cambios de compensaciones en efectivo o de un porcentaje de los productos que
se obtengan. (…)
Art. 10, Los contratos de que hablan los artículos
anteriores, solo podrán celebrarse:
I.- Con particulares mexicanos
II.- Con sociedades constituidas íntegramente por
mexicanos
III.- Con
sociedades de “economía mixta” en las que el gobierno federal representará la
mayoría del capital social, y de las cuales podrán formar parte socios
extranjeros y
IV.- En ningún caso con sociedades anónimas que emitan
acciones al portador.
De manera que es
muy diferente hablar de Concesiones que desde entonces y hoy -en la
propuesta de Iniciativa del PRI- no se prevén; a hablar de Contratos
que entonces se permitieron y que hoy se retoman.
Mucho falta por analizar y discutir, pero es muy
importante aclarar que el control absoluto sobre el petróleo seguirá siendo de
la nación; que en virtud de que aún con las inversiones multimillonarias que ha
hecho PEMEX, la producción ha decaído sustancialmente; y que sabemos -gracias a
las innovaciones globales y a los trabajos de exploración que realiza PEMEX-
que contamos con vastos recursos que se encuentran en aguas profundas donde se
puede extraer petróleo y gas; tenemos una nueva oportunidad para aprovecharlo, y
con ello beneficiar a las/os mexicanos por la creación de nuevos empleos; al
bajar el precio de la luz y el precio del gas que beneficiaría a las familias y
a los negocios; que permitiría producir más fertilizantes apoyando con ello a
los campesinos/as y procurando seguridad alimentaria; entre otros beneficios,
por ello la necesidad de una reforma energética.
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