Por: Rocio Garcia Olmedo
Sin duda de gran
trascendencia la reforma hacendaria que se aprobó en Cámara de Diputadas/os la
semana anterior, tras un intenso debate
y un esfuerzo colectivo y plural, que no crea nuevos impuestos, pero que sí
pretende acabar con los privilegios que durante muchos años han generado
pobreza y desigualdad en nuestro país.
Es muy difícil
aspirar a la unanimidad en temas como estos, sin embargo, es importante
difundir algunas de las modificaciones que se hicieron a la Iniciativa enviada
por el Ejecutivo Federal, recordando que los tres ejes de la reforma son: La
seguridad social como derecho, Reestructura Hacendaria y Acelerar el
crecimiento.
En Vivienda, se
retiró la propuesta de gravar la enajenación. Se retiró la propuesta de gravar
intereses y comisiones derivados de créditos hipotecarios. Se retiró la
propuesta de gravar el arrendamiento. Se reincorpora la deducción de reservas
territoriales con candado de 3 años.
Se retiró la
propuesta de gravar colegiaturas.
Se reincorpora la
deducción de los costos en materia de tiempos compartidos.
Habrá exención a la
enajenación de casas habitación de hasta
700 mil dólares o 3.5 millones de pesos.
Se amplía el
régimen de incorporación de 1 a 2 millones de pesos el monto para poder
tributar en este nuevo régimen (ISR), con esto quedan incorporados los REPECOS.
Se reincorpora la
deducción de los costos en materia de tiempos compartidos. Se reincorpora la
deducción de reservas de aseguradoras. Se amplía el plazo a 4 años para
permanecer bajo la figura de Shelteras Se determina una nueva Tabla de Tasa de
ISR a ingresos superiores a 500 mil pesos anuales.
La deducibilidad de
donativos queda fuera del tope de deducciones personales, hasta 7% de los
ingresos. Se reincorpora la deducción de aportaciones a fondos de retiro
complementarias a las obligatorias por Ley con un tope de deducción de 47%. Establecimiento de calendarios
diferidos de pago de ISR.
Cuotas patronales: 2% de SBC
permanecen en la subcuenta de vivienda
2.75% de SBC se destina a Subcuenta
Mixta
0.25% del SBC se destina a Fondo
Solidario
Sector Agropecuario: Ingresos de 0 a
900 mil pesos: 0% de Impuesto
Ingresos de 900 mil a 10 millones: 21% impuesto con contabilidad
simple y facilidad administrativa
Ingresos superiores a 10
millones: Régimen general
Restaurantes: Se reincorpora la deducción en consumos al
8.5%
El IVA en los
estados de las Fronteras del país que pagaban un porcentaje menor a los
restantes Estados, quedó en sus términos, se aprobó su homologación al 16%.
En el Código Fiscal
de la Federación (CFF) no se aprobó la propuesta del Ejecutivo sobre Clausula
de anti-elusión.
Se aclara la responsabilidad solidaria a
accionistas para que respondan con su patrimonio en conductas graves y se
establece con claridad el concepto control efectivo. Se exhorta al SAT a
establecer gradualmente la Contabilidad por Internet. Prevalecen supuestos de
omisión y propuesta de acción que conduzca al delito dentro de
responsabilidades penales de administradores, contadores, profesionistas, etc.,
pero acotadas y sin estigmatizar. Se eliminan
las propuestas de responsabilidad penal de las personas morales, entre
otras.
En la Ley Federal
de Derechos (LFD) la deducción de las inversiones en exploración del derecho
especial sobre minería. Repartición de los recursos de los nuevos derechos
sobre minería en 40% Gobierno Federal, 30% Estados y 30% Municipios, el destino
de los recursos hacia el gobierno federal será a infraestructura.
Se modificó también
el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), en relación a
combustibles fósiles, a tabacos labrados, se grava con 5% alimentos con alta
densidad calórica (270 Kilocalorías por 100 gr. o más) y las bebidas azucaradas
se quedan con un incremento de 1 peso por litro. El régimen para pequeños
mineros será cuando tengan ingresos hasta 50 millones de pesos. Se pagará un
impuesto de 2.5% sobre el precio del gas grisú.
En la Ley Aduanera,
se establece que el almacenamiento y custodia gratuita de mercancías en
recintos fiscalizados que se encuentren en aduanas será por siete días en lugar
de cinco. Se incluye una excepción de responsabilidad solidaria, salvo cuando
se utilicen servicios de agente aduanal y éste no resulte responsable. Se
obliga al SAT a publicar las reglas para exámenes de agentes aduanales.
Lo anterior son
sólo algunas de las más de 100 modificaciones que se hicieron a la Iniciativa
original. Sin duda ha sido
una reforma con un sentido
federalista que comparte con las entidades y municipios el impuesto a la
explotación minera e incentiva un mejor gasto y la recaudación a nivel local.
Es una reforma que complementa la orientación social del seguro de desempleo y
la pensión para adultos mayores con nuevos impuestos que promueven la salud
pública y que impulsa la sustentabilidad del desarrollo a través del impuesto a
los combustibles fósiles.
En el procedimiento legislativo, este Dictamen ha sido enviado a la
Cámara de Senadores/as para su análisis y aprobación en su caso.
Correo electrónico: rociog@prodigy.net.mx
Tuiter: @rgolmedo
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